En un paso decisivo para el proceso de renovación del Poder Judicial, el Comité de Postulaciones Judiciales aprobó por unanimidad el Baremo de Evaluación Técnica y Académica que regirá la selección de los aspirantes a ocupar cargos de magistradas y magistrados dentro del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
El acuerdo se concretó durante la más reciente sesión ordinaria de la instancia parlamentaria, en estricto apego a lo establecido en el artículo 73 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Este marco legal faculta formalmente al comité para fijar los criterios cualitativos y cuantitativos con los que se ponderará la trayectoria e idoneidad profesional de cada uno de los juristas postulados.
«El Comité de Postulaciones Judiciales aprueba por unanimidad en reunión ordinaria el baremo que será aplicado a las y los postulados para optar a cargos del Poder Judicial, en concordancia con lo señalado en el artículo 73 de la Ley del TSJ», destacaron representantes de la instancia evaluadora al término del encuentro.
Criterios y fases clave del procedimiento legal
El esquema normativo institucional prevé una serie de pautas que regirán el resto del proceso de preselección:
Consenso superior a la norma: Aunque la ley exige una mayoría calificada de al menos dos terceras partes (2/3) de sus integrantes para validar la tabla de evaluación, la propuesta fue refrendada por la totalidad del comité, superando el requisito legal.
Proporción de candidatos: La instancia seleccionará una nómina de aspirantes que represente al menos el triple de las vacantes a cubrir en las diferentes salas del TSJ. No obstante, si el número total de postulantes calificados no supera dicha proporción, la totalidad de los expedientes pasará directo al siguiente filtro.
Siguiente paso institucional: Tras culminar la etapa de evaluación y preselección, el comité remitirá formalmente la lista definitiva y los expedientes (en formato físico y digital) al Consejo Moral Republicano —órgano del Poder Ciudadano— al día siguiente hábil para continuar con el trámite de designación.
Fuente: 2001 Online

