La Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia ha prorrogado la medida excepcional «Primero la Niñez» hasta 2027, con el objetivo de prevenir la apatridia en niños y niñas nacidos en el país de padres venezolanos. La medida estará vigente desde el 21 de agosto y por un período de dos años.
A través de la Resolución 9820 de 2025, se prorrogó la iniciativa que busca garantizar el derecho a la nacionalidad a los menores que no cumplen con el requisito de domicilio establecido en el artículo 96 de la Constitución Política de Colombia.
Desde su implementación, la medida ha beneficiado a más de 139.000 niños y niñas nacidos en territorio colombiano. Además, esta prórroga, con base en recomendaciones de organismos internacionales y estudios técnicos contenidas en el documento “Primero la Niñez: diagnóstico de la medida y propuesta para su prórroga” del Banco Mundial, el Centro de Estudios en Migración de la Universidad de los Andes y la Fundación Ideas para la Paz (FIP), y la recomendación de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en Colombia (ACNUR).
¿Quiénes puede acceder a ella?
- Niños nacidos en Colombia cuyos padres son venezolanos.
- Se debe presentar el certificado de nacimiento expedido por Colombia.
¿Cómo solicitarla?
- Acudir a la Registraduría o Notaría: Los padres deben presentarse con el niño o niña en cualquier sede.
- Presentar el certificado de nacido : Se debe llevar el certificado emitido en Colombia al momento del nacimiento del menor.
- Demostrar la condición de venezolano: Los padres venezolanos deben presentar uno de los documentos que acrediten su nacionalidad, como el pasaporte o la cédula de extranjería.
AGENCIAS / ARELYS MUNDA / RDN

