El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) anunció un giro en la normativa tributaria venezolana al eliminar la exigencia obligatoria de contar con máquinas fiscales para emitir facturas y operar legalmente. La disposición quedó formalizada mediante la Providencia SNAT/2026/00093, difundida en la Gaceta Oficial N° 43.484 con fecha del 21 de octubre de 2026.
Según lo ratificado por el superintendente del organismo, Román Maniglia, la posesión de estos dispositivos ya no constituirá un requisito indispensable para los comercios en el país.
Puntos clave del nuevo marco tributario
- Libre elección para el comercio: Quienes posean máquinas fiscales o prefieran adquirir unidades nuevas podrán continuar utilizándolas sin inconvenientes, aunque la medida deja de ser impositiva.
- Impulso a emprendedores y PYMES: La decisión apunta a abaratar los costos operativos de pequeños negocios, comercios nacientes y PYMES, estimulando su incorporación a la economía formal.
- Mecanismos tradicionales y de resguardo: Se mantienen plenamente vigentes los sistemas de imprenta digital y los talonarios físicos, estos últimos ideados para responder ante eventuales cortes de energía o fallas en el servicio de internet.
- Hacia la digitalización sin costo: El decreto marca el comienzo de una transición progresiva hacia un esquema de facturación automatizado y de acceso gratuito gestionado directamente por el Seniat.
Lapso de transición
A partir de la difusión de la norma en Gaceta Oficial, los contribuyentes contarán con un período de 180 días continuos para adaptar paulatinamente sus plataformas informáticas y cumplir con el nuevo modelo.
Fuente: Diario 2001

